Ley de Confotur
Asistencia experta en procesos de beneficios y exenciones fiscales (Ley 158-01).
La Ley 158-01 sobre Incentivos Turísticos, conocida como Ley Confotur, ofrece significativos beneficios fiscales para proyectos turísticos e inmobiliarios en la República Dominicana. Nuestro equipo lo guía a través de todo el proceso de solicitud y cumplimiento.
Beneficios Fiscales
Exención de Impuesto sobre Transferencia: los proyectos aprovados pueden gozar de exención del ITBIS (18%) en la adquisición de materiales de construcción.
Exención de Impuestos de Importación: Machinery y equipos necesarios para el proyecto pueden importar-se con exención de aranceles.
Exención de Impuesto sobre la Renta: durante el período de construcción y los primeros años de operación.
¿Quién Puede Calificar?
- Hoteles y complejos turísticos - Proyectos de villas y condomines - Desarrollos de campos de golf - Proyectos de turismo rural - Marina y puertos turísticos
Nuestro Servicio
1. Evaluación de elegibilidad del proyecto 2. Preparación de documentación requerida 3. Solicitud formal ante el Consejo de Desarrollo Turístico 4. Seguimiento del proceso de aprobación 5. Asesoramiento en cumplimiento continuo
- Ahorro fiscal significativo
- Asesoría personalizada
- Proceso simplificado
- Cumplimiento garantizado
¿Cuánto tiempo toma obtener la aprobación?
El proceso típicamente toma entre 3-6 meses, dependiendo de la complejidad del proyecto.
¿Qué proyectos califican?
Proyectos turísticos y hoteleros, desarrollos residenciales en zonas turísticas, y proyectos de infraestructura turística.
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